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Régimen de Compra del Estado Nacional y Concesionarios de Servicios Públicos

¿A quiénes está dirigido?
Productores de bienes de Origen Nacional, entendiéndose por tales a los que posean insumos importados por un procentaje no mayor al 40% de su Valor Bruto de Producción. En materia de prestación de servicios resultan beneficiarios aquellas empresas de origen local en los términos de la LEY Nº 18.875.

¿Quienes están obligados a aplicarlo?
-   Administración Pública Nacional, sus dependencias y reparticiones
-   Entidades autárquicas y descentralizadas
-   Empresas del Estado
-   Sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos
-   Subcontratistas directos de los sujetos anteriormente indicados

El sujeto contratante debe solicitar a la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Industria y Comercio) un Certificado de Verificación, en el cual se consigne el precio máximo a pagar por el bien en cuestión. Para que un sujeto obligado pueda obtener un Certificado de Verificación debe haber cumplido con las pautas de difusión y publicación de los procesos de  contrataciones, así como haber otorgado las preferencias, en caso de existir oferta local, de acuerdo a lo establecido en la normativa del Régimen

¿Para qué sirve?
Permite otorgar preferencia a la oferta nacional en el momento de las licitaciones. En este sentido, regula las contrataciones de los sujetos obligados estableciendo:
a- Una preferencia adicional a las ofertas de bienes de origen nacional (estableciendo una preferencia adicional de un 7 ó 5 % en caso de que la oferente de los bienes nacionales se trate de una PyME o no, respectivamente).
b- Una reserva de mercado para empresas locales en el caso de obras y servicios.

¿Cuál es el objetivo del régimen?
Utilizar el poder del Estado Nacional como instrumento de promoción y protección de la Industria Nacional, con especial énfasis en las pequeñas y medianas empresas.

¿Cómo accedo al beneficio?
Al presentarse en un proceso de compra de cualquiera de los Sujetos Obligados, presentando en el caso de bienes, una declaración jurada ante el licitante del carácter nacional de los mismo. En la comparación de ofertas gozará de las preferencias del 5% o del 7% ya señaladas.
Para el supuesto de contrataciones de obras y/o servicios, la acreditación de empresa de carácter local.
Formularios y guías
Instructivo para completar del formulario de solicitud de Certificado de Verificación (CDV)
Modelo nota para solicitar la emisión de Certificado de Verificación (CDV)

¿Donde entrego la documentación?
Dirección Mesa de Entrada: Av. Julio A. Roca 651 PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Horario de atención: lunes a viernes de 9.30 a 17.00 hs.

Consultas
Telefónicamente: 4349-3714/3654
Atención al público: 10.00 a 17.00 hs
Av. Julio A. Roca,  1º piso Sector 24 – Box 6

Normativa
Ley 18.875 y 25.551
Decretos 5340/1963 y 1600/2002
Resolución SICyPyME Nº 57/2003 y 287/2005